domingo, 7 de septiembre de 2014

Un derecho de familia local.

UN DERECHO DE FAMILIA LOCAL


Por Yuliana Ocampo Marulanda

Con los pronunciamientos recientes que se han dado en nuestro país, atinentes a la temática del derecho de familia, pudiese escribir muchas líneas analizando fallos, tomando posturas y realizando críticas sobre estos; sin embargo este manuscrito no se refiere a ello, sino a una desazón frente a la enseñanza de esta materia impartida en la universidad en la que estudié.

Si bien comparto aquellos criterios que enfatizan en que la formación universitaria está orientada a brindar al futuro profesional conocimientos básicos en el  área en la que se desempeñará, no debemos olvidar que no estamos establecidos simplemente como tecnócratas, sino que la academia- al menos en lo que a sus inicios y finalidades se refiere- es un centro de pensamiento en el cual se producen debates sobre las circunstancias actuales y se realizan investigaciones en aras de crear conocimiento y desarrollos determinantes  para la sociedad.

Así, las 3 horas presenciales que tenía en mi pregrado la materia “Derecho de familia y del menor”, me enseñaron, puedo decir que con suficiencia, el derecho de alimentos, las ritualidades del contrato de matrimonio, el divorcio, la cesación de efectos civiles de matrimonio católico, y otras tantas figuras jurídicas. Empero lo anterior, nula fue la orientación, debate e investigación en cuanto a las temáticas actuales sobre la conformación de la familia, los derechos de los homosexuales en sus relaciones familiares, la fecundación in vitro y las repercusiones que ésta tiene en las filiaciones, obligaciones alimentarias y demás.

De este modo, leyendo los titulares de noticias de los últimos meses en los que se ven rimbombantes esas importantes decisiones de nuestras cortes en cuanto a las familias en la actualidad, no pude más que pensar- con nostalgia- que una clase orientada a discutir ese tipo de controversias, hubiese sido productiva por cuanto nos permitiría, aunado a los conocimientos básicos, pensar el derecho, sus finalidades, y comprender los retos que la profesión tiene de cara a la sociedad, cuyos avances científicos y tecnológicos nos hacen revalorar nuestras definiciones ancestrales de familia, filiación, alimentos y matrimonio.

Ahora bien, soy consciente que en 3 horas presenciales de estudio, difícil es abordar con suficiencia la cantidad de temas que el derecho de familia comprende, no obstante el haber reducido la orientación académica a lo que he resaltado precedentemente y abandonar por completo los debates contemporáneos sobre los postulados mismos de la familia, nos dejo reducidos a una aplicación técnica y silogística del derecho, y sin dudas, a que nuestro poco conocimiento tuviese un ámbito meramente local, pues mientras en el mundo se enseñaban los paradigmas de la filiación de embriones creados en un laboratorio y las posibilidades o no de regular esta materia, yo repetía el artículo 411 del Código Civil.


Resta concluir que lo referenciado, corresponde a una visión particular de la formación académica que hubiese querido recibir - a la escuela de derecho que deseaba- cualquier otro, puede pensar- y con toda la razón- que en un país en donde todos los días se presentan embarazos no deseados, padres irresponsables, hombres y mujeres maltratadores, lo más determinante era aprender cómo resolver sus problemáticas particulares a través de un proceso, una denuncia u otra actuación legal; a esta persona, le preguntaría, con el respeto que su criterio y opiniones merecen, ¿qué hará el día que la madre de un niño, nacido producto de una inseminación artificial, se acerque a pedirle asesoría para solicitar alimentos al donante, que resulto no ser anónimo?. 

Adenda: si alguien quiere conocer alguno de estos debates contemporáneos, le recomiendo el portal de Derecho a la Carta de la Universidad Externado de Colombia.
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2 comentarios:

  1. El Derecho de Familia colombiano, y de muchas partes del mundo, suele confundir el concepto de familia en sí con el de familia católica, tradicional, nuclear. Creo que el derecho de familia debe proteger esa organización básica de la sociedad sin importar si es monoparental, compuesta, homoparental, o sea cual sea la que la realidad social en sí configure. Al final, un derecho de familia aislado de los cambios sociales y culturales que se gestan a su alrededor termina por ser desprotector, excluyente e, incluso, lesionador.

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  2. Estamos de acuerdo, considero que el derecho de familia no debe juzgar o excluir situaciones específicas de las personas, simplemente debe tratar de regular las situaciones familiares que existen en aras de proteger a cada uno de sus miembros.

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